En el Senado de la República se abrió el análisis sobre la figura de los jueces sin rostro en la mesa de trabajo “Reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”.
El presidente de la Comisión de Justicia, el senador Javier Corral Jurado(Morena), advirtió que la aplicación de los jueces sin rostro no debe tratarse con ligereza. Recordó que ya fue incorporada a la Constitución y que ahora corresponde reglamentarla, tarea compleja por la tensión entre quienes la consideran indispensable frente al crimen organizado y quienes alertan sobre su posible abuso.
El legislador cuestionó sobre las condiciones de excepcionalidad que debenoperar, cuál será su temporalidad, qué mecanismos de verificación periódica se activarán, quién solicitará la reserva de identidad y bajo qué procedimiento. Insistió en que su regulación tendría que limitarse a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, con motivación reforzada, controles rigurosos y revisiones constantes.
Desde Acción Nacional, la senadora María Guadalupe Murguía Gutiérrez mencionó que reservar la identidad de los jueces vulnera derechos básicos, porque toda persona procesada debe conocer quién la juzga. Señaló la contradicción con la reciente reforma judicial, en la que las y los jueces salieron a solicitar el voto ciudadano. A su juicio, el anonimato judicial puede prestarse a abusos.
El senador Luis Alfonso Silva Romo (PVEM) expuso que el debate se mueve entre dos polos: quienes ven en la figura una amenaza y quienes la consideran una herramienta necesaria. Propuso centrar la discusión en cómo blindar el debido proceso con el mayor estándar garantista posible, de modo que la protección a juzgadores no derive en violaciones a derechos humanos.
Por Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales Magdaleno reconoció la urgencia de proteger a las personas juzgadoras frente a amenazas reales, pero cuestionó el trasfondo político y electoral de la propuesta. Advirtió que la medida puede ser inconvencional si no se ajusta a los lineamientos y acuerdos internacionales que México está obligado a observar.
La directora del Centro de Derechos Humanos, Miguel Agustín Pro Juárez María Luisa Aguilar Rodríguez, sostuvo que el Estado debe proteger a quienes imparten justicia ante el acecho del crimen organizado. Sin embargo, afirmó que el anonimato judicial choca con los principios de un juicio justo: impedir que la persona procesada conozca la identidad del juzgador limita la posibilidad de cuestionar su competencia, independencia e imparcialidad.
Cristina Reyes Ortiz, especialista formada en la Escuela Libre de Derecho, advirtió que la reserva de identidad es una herramienta de alto riesgo. Si no se regula con precisión, dijo, puede abrir la puerta a aplicaciones expansivas y a prácticas autoritarias que excedan los casos estrictamente necesarios, con el consecuente aumento de violaciones a derechos humanos.
La directora del Centro de Especialización del Poder Judicial del Estado de Tabasco, Susana Gabriela Camacho Maciel, sugirió revisar los mecanismos ya existentes en la Ley Federal para la Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal. Situó su análisis sobre la responsabilidad de la Fiscalía General de la República sobre su aplicación
Mercedes Carbonell Peláez, del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell, sostuvo que la figura genera dudas y no debería existir por su carácter inconvencional. No obstante, señaló que, si el legislador decide mantenerla, deberá exigir estándares probatorios elevados que acrediten un riesgo real, actual y grave, así como la necesidad estricta de la medida para salvaguardar la vida o integridad de quienes juzgan.
Fuente: Canal del Congreso



















