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Se llevó a cabo el segundo día de audiencias públicas sobre reforma a Ley de Amparo

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Se llevó a cabo el segundo día de audiencias públicas sobre reforma a Ley de Amparo

Durante el segundo día de audiencias públicas en materia de la Ley de Amparo, especialistas, legisladores y académicos debatieron los alcances de la definición de interés legítimo establecido en la reforma. En el evento fue convocado por las Comisiones Unidas de Justicia; y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.
 
El abogado especializado en derecho electoral, Andrés Norberto García Repper Favila definió el interés simple a los asuntos de interés personal sin sustento jurídico; al interés jurídico, a los temas que afectan en lo individual con respaldo legal, mientras que el interés legítimo no afecta en lo individual, pero si en la colectividad.
En ese sentido, García Repper detalló que la nueva normativa permitirá a los jueces ponderar cada uno de los casos de acuerdo con la interpretación de la nueva norma sin perder el contexto.
 
En su participación, el especialista en materia de amparo Juan Carlos Ávila López mencionó que la inclusión del interés legítimo en la Ley de Amparo de 2013 permite la defensa de intereses colectivos. Asimismo, el exfuncionario público cuestionó los prolongados tiempos de resolución del Juicio de Amparo en la ley actual, ya que apuntó que este proceso debería resolverse como máximo en dos o tres meses.
 
La académica Verónica Lorena Osornio Plata detalló que el objetivo del nuevo marco jurídico es delimitar a los sujetos que pueden acceder al Juicio de Amparo; sin embargo, la especialista mencionó que el concepto de interés legítimo desde su creación carece de una limitación, ya que se estableció que las y los jueces en su labor cotidiana estarían encargados de limitarlo acorde al asunto en discusión.
 
Por su parte, el abogado Eduardo Miguel Rusconi Trujillo consideró que la reforma es regresiva pues la incorporación de la definición del interés legítimo no amplía el esquema de derechos, sino que genera el riesgo de una interpretación restrictiva. Consideró que la iniciativa busca generar un control político y fiscal sobre un grupo de personas que tienen un margen de acción.
 
Al señalar que el derecho tiene la capacidad de regular y reparar derechos humanos, el catedrático del Tecnológico de Monterrey, Marco Antonio Rojo Olavarría destacó que la iniciativa sobre la Ley de Amparo tiene una función de previsibilidad. Mencionó que el concepto de interés legítimo lleva casi 15 años trabajándose en el país y que fue establecido por la Suprema Corte, aspectos que son retomados por la nueva legislación.
 
Fuente: Canal del Congreso 
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